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viernes, 20 de marzo de 2015

CONTRATOS DE TRABAJO TEMPORALES O DE DURACIÓN DETERMINADA

Los contratos de trabajo temporales o de duración determinada son aquellos que tienen fijada la fecha de finalización del contrato. 

Los contratos de trabajo temporales o de duración determinada se formalizan por escrito, excepto en el contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción inferior a 4 semanas, que puede ser también de palabra. 

Cuando un contrato temporal se realiza de forma engañosa o fraudulenta, es decir, en fraude de ley,el contrato se convierte en indefinido. Por ejemplo, cuando el trabajador no hubiera sido dado de alta en la Seguridad Social, o cuando no se hace por escrito un contrato que la ley establece que sea por escrito.

Los contratos de trabajo temporales o de duración determinada se han unificado en un único modelo de contrato de trabajo que engloba a todos los tipos de contratos temporales que existen actualmente:

- Contrato de trabajo por "obra o servicio determinado".

- Contrato de trabajo "eventual por circunstancias de la producción".

- Contrato de trabajo "de interinidad".

- Contrato de trabajo "primer empleo joven".

- Contrato de trabajo "de trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de violencia de género, doméstica o víctimas de terrorismo".

- Contrato de trabajo "de trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción".

- Contrato de trabajo "de trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de subsidios por desempleo".

- Contrato de trabajo "de trabajadores en situación de jubilación parcial".

- Contrato de trabajo "de relevo".

- Contrato de trabajo "a tiempo parcial con vinculación formativa".

- Contrato de trabajo "de trabajados de interés social/Fomento del empleo agrario".

- Contrato de trabajo "de trabajadores del servicio del hogar familiar".

- Contrato de trabajo "de personas con discapacidad".

- Contrato de trabajo "de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo".

- Contrato de trabajo "de investigadores".

- Contrato de trabajo "de trabajadores penados en Instituciones Penitenciarias".

- Contrato de trabajo "de menores y jóvenes en Centros de menores".

En próximos post desarrollaremos las características de estos contratos de trabajo.

Dejo un enlace sobre el modelo de contrato de trabajo único para todos estos tipos de contrato:

http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/temporal/Temporal.pdf

Como siempre, para cualquier duda o servicio, deja tu comentario más abajo.



6 comentarios:

  1. muchas gracias por tu articulo gracias a el pude hacer mi trabajo de pymes y tambien inclui informacion de los contratos que aparece en tu articulo y de este http://www.pyme.es/canal-pyme/tipos-de-contrato-de-trabajo y saque 20 de 20 gracias

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  2. Lo tendré en cuenta ya que es algo que me gustaría tener en el ordenador porque muchas veces tiramos de internet para buscarlos, gracias por compartirlos Alvaro

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  3. Hola alvaro.

    Excelente trabajo de difusión de las materias de Derecho y especialmente del contrato.

    Sigue adelante con el blog. Felicidades.

    Francisco.

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